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Ahora, la Ley de Enjuiciamiento Criminal

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Anotaciones FAES 9

El presidente del Gobierno ha anunciado una nueva reforma legal para reparar con urgencia el fracaso de la ley de amnistía en el pasado pleno del Congreso de los Diputados. Esta vez es el turno de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la idea de Sánchez consiste en enmendarse a sí mismo con una contrarreforma de los plazos de la instrucción penal. En 2015, el Partido Popular impulsó un sistema de plazos que pretendía poner fin a la prolongación desmesurada de investigaciones judiciales, que provocaban dilaciones indebidas, causaban indagaciones prospectivas y perjudicaban por igual los derechos de las víctimas y de los investigados. El PSOE y los partidos de izquierda tacharon la reforma del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal como una treta para garantizar la impunidad de determinadas personas otrora relacionadas con el PP. Tal crítica no era más que una falsedad, porque la reforma fijaba plazos máximos amplios -hasta 36 meses- para investigar los delitos más complejos, no computaba la investigación previa del fiscal y tampoco el tiempo en que la causa penal estaba declarada secreta. Además, una vez vencido el plazo, el juez podía archivar, si no había indicios contra el investigado, o abrir juicio oral si lo solicitaba el fiscal. No había impunidad, sino un modelo de instrucción respetuoso con las garantías constitucionales. Y la prueba está en las condenas dictadas en los procesos que, supuestamente, iban a cerrarse en falso.

En 2020, el PSOE y sus aliados parlamentarios modificaron el artículo 324 para, de hecho, privar de plazos máximos a la instrucción penal, porque, transcurridos doce meses desde su incoación, puede ser prorrogada por plazos de seis meses de forma sucesiva sin límite alguno. Es ahora cuando las instrucciones pueden prolongarse indefinidamente, por la reforma socialista de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Ahora, sin más urgencia y necesidad que la de tranquilizar a Junts y a Puigdemont, el presidente del Gobierno anuncia otra reforma, para la que sugiere también la vía del Real Decreto-ley y que además trastoca un aspecto fundamental de la justicia penal, con unos efectos que pueden ser incontrolables, como los de la infausta “ley del solo sí es sí”. Suma y sigue: primero los indultos, luego la supresión de la sedición, la reforma de la malversación y ley de amnistía; y, ahora, los plazos de la investigación judicial del delito.