Idioma-grey

Celebración y defensa de la Constitución española

Share on facebook
Share on twitter
Share on email
Share on whatsapp
Share on linkedin

TRAFICANTES DE CONSTITUCIONES

Celebramos el 43 aniversario de la Constitución gobernados por quienes la impugnan en coalición con quienes amagan su reforma.

En su reciente congreso, el PSOE ha designado al hoy ministro de la Presidencia para dirigir una “Secretaría para la Reforma Constitucional y Nuevos Derechos”. Se crea el órgano sin haber definido antes la función, porque no se han debatido los contenidos de la reforma aludida. Pero una cosa sí sabemos: cada vez que el PSOE ha tenido que estrechar su asociación con formaciones nacionalistas, ha especulado con la Constitución como moneda de cambio. Esta deriva está documentada desde el Consejo Territorial de Santillana, en 2003, hasta la Declaración de Barcelona en 2017.

Luis Fajardo Spínola publicaba en 2009 el libro titulado ¿Hacia otro modelo de Estado? Los socialistas y el Estado autonómico, describiendo así las conclusiones adoptadas en Santillana: «Se reconoce, pues, al reformador autonómico la facultad de alegar una singularidad, en la cual fundar una especialidad dentro del modelo común. Y ello para que todos (todas las Comunidades Autónomas) ‘se sientan cómodos, y para que el espacio común y compartido sea habitable y aceptable para todos’. El Estado de las Autonomías, feliz arquitectura, permitiría que cada uno se construyera en su interior su propio hábitat, derribando a su antojo la tabiquería interior, para sustituirla por la configuración que mejor acomodo ofrezca a las singularidades de cada uno, para que todos se sientan cómodos”.

Desde entonces hasta la Declaración de 2017, que abogaba por reconocer la “plurinacionalidad” de una España reducida a contenedor estatal, han pasado muchas cosas: un intento de mutación constitucional vía reforma estatuaria (“aprobaremos el Estatuto que llegue”), la radicalización del catalanismo hasta su actual exasperación secesionista, el golpe a la Constitución en 2017, y la destrucción de la convivencia civil en Cataluña.

Cada vez que se ha esgrimido la “comodidad” como categoría política para propiciar remodelaciones de la planta territorial del Estado, los nacionalistas han aceptado la invitación con la nula urbanidad que les caracteriza: rompiendo el mobiliario. Todos (y son muchos) los que descontaban tales propuestas como hojarasca retórica han errado invariablemente: la adopción por el PSOE de buena parte del discurso identitario nacionalista ha encendido la mecha de la desestabilización del modelo territorial hasta el límite de su resistencia.

Pero la fábrica gubernamental de manufacturar independentistas sigue abierta. Lo último ha sido conocer que en Moncloa se maneja desde junio de 2020 un documento sobre un referéndum para preguntar a los españoles sobre la necesidad de reformar la Carta Magna. El memorándum sobre esta consulta llevaría como título ‘Objetivo 35%. Artículo 92. Referéndum sobre la reforma de la Constitución’, y formaría parte de una estrategia para las próximas elecciones generales. Aquí ya no se debaten ponencias. Simplemente, el campo de juego se concibe como mercancía electoral.

LA TAREA DEMOLEDORA DEL REVISIONISMO RADICAL

La situación acaba de dibujarse al recordar que los traficantes de constituciones gobiernan en coalición con quienes tienen vocación de “puntilleros del 78”; los que desembarcaron por vez primera en el escaño prometiendo “por imperativo legal” su acatamiento a una Constitución “moribunda”, con el compromiso expreso de liquidarla. Mientras su escaparate exhibe “transversalidad” cosmética, el pasado 16 de noviembre Iglesias animaba a Pedro Sánchez a “impulsar un proceso constituyente, para avanzar hacia un modelo de Estado republicano federal o confederal, sin contar con el PP”. Una nueva Transición, en la que la mitad de los españoles no tengan nada que decir. En su opinión, este proceso debe afrontarse «con una correlación de fuerzas en la que la derecha difícilmente va a poder entrar». Remataba citando a Mao: «¡Todo es caos bajo las estrellas, la situación es inmejorable!».

En este clima el Gobierno no ha tenido inconveniente en ir erosionando los compromisos fundacionales de la Transición: ahí están los cambios en el Proyecto de Ley de Memoria Democrática para desvirtuar la Amnistía de 1977 y construir una nueva versión del pasado reciente según la cual la democracia española se inaugura con la victoria socialista en 1982.

Hasta aquí los socios de gobierno. Si volvemos la mirada a la mayoría parlamentaria que les da sostén, el panorama “bajo las estrellas” va desde un PNV que aboga por la “reintegración foral plena” para recuperar una “soberanía originaria” vasca anterior a 1839 y define la Constitución como “imposición histórica”, hasta Teruel Existe; pasando por todo un mosaico de formaciones en las que caben legatarios del terrorismo, golpistas convictos y confesos, soberanistas de diversa índole y demás.

Y los socios que han aprobado los presupuestos para 2022 están pensando en algo más que eso: son años albergando la expectativa de iniciar un “proceso destituyente”. Todo ese magma impugna no solo principios constitucionales, sino la Constitución en sí, tanto como las bases sobre las que se asienta: la Transición y las decisiones fundamentales entonces adoptadas relativas a las formas de Estado y de gobierno.

LA CONSTITUCIÓN ES INOCENTE

Siempre hay un inocente a quien cargar las culpas de los que no lo son. Este sufrido papel se le quiere adjudicar a la Constitución de 1978.

La acusación es coreada por buena parte de la izquierda y por elementos de alguna derecha. Lo que no aparece en lugar alguno es la prueba de cargo, sin que podamos esperar su hallazgo, porque decir que se falseó la democracia, que se pactó una continuidad efectiva del franquismo, o desde otro lado, que se incoaron entonces las tensiones que hoy afloran, todo por obra y gracia de la Constitución del 78, no es una tesis viable: es, pura y simplemente, una pamplina.

Ni siquiera es preciso ser incondicional del texto de 1978 para creer en su eficaz función histórica. Los hechos no se desarrollan jamás con arreglo a la voluntad ni al gusto de cualquier comentarista. La actitud razonable del que contempla—a la distancia que da el tiempo—el curso de la Historia es la de explicar, por los hechos mismos, la lógica de su encadenamiento, el sentido de su enlace. Leyendo los vejámenes y diatribas de algunos cabría pensar que en 1978 se apañó un tenderete político a base de caprichos. Nada de eso. Al revés: los constituyentes se encontraron con un problema gravísimo y apremiante: reconciliar a los ciudadanos, unificar la conciencia nacional, hacer posible la democracia.

Salvo para nuestros nacionalistas domésticos, lo normal es conmemorar los aciertos, no los fracasos. Si conmemoramos la Constitución es porque celebramos un esfuerzo colectivo concluido con éxito. En 1978 escogimos el mejor camino en la encrucijada y preferimos la reforma a la ruptura, la reconciliación a la revancha y convivir juntos sin imponernos unos sobre otros.

Haber ratificado el gran pacto de nuestra convivencia civil, una vez devuelta la soberanía a su legítimo dueño, el pueblo español, nos ha permitido vivir gobernados por leyes, no por la voluntad arbitraria de nadie; nos ha permitido discrepar sobre cómo vivir mejor juntos. Optamos por vivir como Nación, no por disolvernos como agregado. Las instituciones ganaron estabilidad, porque el sistema de partidos amplió gradualmente su base de sustentación. Esa estabilidad política propició un progreso económico y social inédito en la historia contemporánea española; hasta un punto tal, que la Constitución bien puede considerarse como el jalón inicial de la etapa más próspera en la vida secular de España.

En 1978 ideamos una fórmula para que todas las expresiones de la pluralidad española, que le son constitutivas, alcanzasen valor político auténtico. Pluralidad ideológica y territorial. Quisimos hacer conciliable el valor de la unidad, que tiene el peso histórico de más de cinco siglos de trayectoria histórica, con la articulación más adecuada de la variedad que conforma España.

Una ciudadanía común como garantía de los derechos y libertades de cada uno. No un conjunto de identidades homogéneas encastilladas en su particularidad. Esa fue la voluntad auténtica que los españoles quisieron ratificar en 1978.

Es también la Constitución la que, al transformar España en un Estado plenamente democrático, permitió, consolidándose, nuestra integración de pleno derecho en el proyecto europeo.

Para los españoles reviste una importancia capital, que afecta directamente a su bienestar, el ser partícipes en el proceso de integración europea. Cualquier veleidad que nos presentase ante el concierto de las naciones como un elemento frágil, compromete el futuro de todos.

Por eso, nadie debe jugar con el marco que nos permite convivir, orientar nuestro destino y rectificar nuestros errores. No todo cambio es siempre una mejora. Y, en todo caso, toca a quien lo defiende la carga de la prueba: el que propone entrar en vías de reforma debe demostrar que todos, no solo él, saldríamos ganando.

EL RECURSO A LA “AMPLIACIÓN DE DERECHOS”

Cuando explicitar concesiones al secesionismo resulta impolítico, los aventureros de la reforma postergan el “debate territorial” y recurren al discurso de los “nuevos derechos”.

Hay que ser claros. Debe descartarse todo intento de llevar a la Constitución un programa de partido. La norma fundamental dejaría de ser un terreno de juego común dentro del cual el pluralismo político encauzase opciones distintas. Quedaría acotado un territorio definido por una visión exclusiva.

Se han enumerado como derechos que deberían ser elevados a categoría de fundamentales (y por tanto exigibles en última instancia vía recurso de amparo): la protección de la salud; el acceso a la información pública; los derechos digitales; a la seguridad social; a la atención en situaciones de dependencia; a los servicios sociales; a la vivienda y al medio ambiente.

Por supuesto ni se definen ni se hace una mínima alusión sobre su alcance. Y hay que hacer notar lo peculiar de todos ellos: son derechos-prestación, derechos con un coste, con cargo al Presupuesto público. Por tanto, derechos que deben ser financiados mediante exacción fiscal o, indirectamente, recurriendo al endeudamiento público. Desde luego, no son gratis y su mera enunciación en el articulado de la Constitución no abarataría el precio que la sociedad tendría que pagar por ellos. Sería cualquier cosa menos hacer sostenible el sistema de bienestar social. Sería ponerlo más allá del límite de su resistencia.

Jean-François Revel señaló la trastienda de esta manipulación sentimental: su origen está en la confusión entre derechos y objetivos, explotada sistemáticamente por la izquierda.

Hay que distinguir entre derechos intangibles y meros objetivos, por muy deseables que puedan ser. Aplicar cualquiera de los derechos del primer tipo (derecho a un juicio imparcial, a la libertad de expresión, a la reunión pacífica, a la propiedad privada, etc.) es factible sin coste alguno, de manera inmediata y ubicua, porque simplemente son límites a la acción del Estado.

Por el contrario, los derechos sociales no dependen sólo de la voluntad política, sino del grado de desarrollo o riqueza de cada sociedad, resultado de procesos regidos por lógicas económicas y técnicas.

La experiencia demuestra que los países donde se conculcan los derechos individuales fracasan también clamorosamente, y no por casualidad, en asegurar estándares de vida comparables a los que ofrecen las economías libres.

EL DEBATE SOBRE LA REFORMA CONSTITUCIONAL. REFORMAR Y DEFORMAR

Por todo ello, conviene abordar el debate sobre la reforma constitucional a la luz de tres criterios orientadores: poner en valor lo que funciona; examinar si las propuestas están al servicio del fortalecimiento de la democracia y las instituciones; y oponerse rotundamente a las que no buscan reformar sino demoler. Reformar tampoco es suplantar: se reforma para preservar, acrecentada y mejorada, la herencia recibida, no para dilapidarla y partir de cero.

En materia de reforma constitucional suele alegarse que nuestra Carta Magna carece de cláusulas de intangibilidad y que, por lo tanto, en la Constitución “todo es reformable”, todo cabe. A tenor de las recientes agresiones al orden constitucional, y de las amenazas que se ciernen sobre él, sería prudente señalar la existencia de límites materiales implícitos para cualquier operación de este tipo; toda reforma, según esta interpretación, es una actividad sustancialmente limitada: reformar algo implica que después de la reforma ese algo sigue siendo reconocible. En el caso de la Constitución, el sujeto de la soberanía, la planta territorial del Estado, los derechos y libertades fundamentales son límites materiales clarísimos.

Sí caben propuestas sensatas de reforma en los ámbitos en los que han podido detectarse disfunciones y son fáciles los consensos. En este sentido, cabe recordar que el Partido Popular incorporó en su programa de 2008 una reforma constitucional limitada parecida en sus líneas maestras a la sugerida por el Consejo de Estado en su informe de 2006. La imputación de inmovilismo lanzada por algunos es más un recurso polémico que un argumento con base real. Salvo que quiera llamarse inmovilismo al cuidado en lo que debe manejarse con delicadeza porque es, de suyo, delicado: el marco de convivencia política de todos los españoles.

¿La Constitución como problema? Todo lo contrario: el menoscabo constitucional ha determinado las crisis que lamentamos. La Constitución de 1978 no ha servido de estorbo a nadie. Todavía ocupan sus ministerios los que querían calumniarla motejándola de “candado”. Bajo su patrocinio ha gobernado bien quien pudo, y mal quien no supo.

Nuestros problemas vienen de otro lado. No son las reglas del juego las que lo traban. Es que existen jugadores dispuestos a prescindir de ellas. Y esto sí supone un grave apuro, porque compromete la premisa básica de toda convivencia democrática.

Raymond Aron lo advertía como causa primera de degeneración: “Existe una constante tendencia a que la demagogia supere los límites, en la medida en que los políticos estén convencidos de que las reivindicaciones llamadas populares, aunque no puedan satisfacerse, son útiles para obtener votos. Digamos que las democracias atraviesan su etapa de esplendor cuando la demagogia se mantiene dentro de ciertos límites gracias al respeto de los valores comunes, de la Constitución y de las reglas del juego político.”

Y apuntaba precisamente a la nación como el soporte de la democracia que la Constitución organiza: “Un sistema de competición pacífica implica la existencia del Estado, de una nación. Uno de los signos de incultura política que resulta chocante en la actualidad es la noción, muy extendida, de que cuando no existe el Estado, este puede crearse mediante procedimientos democráticos. Esto, lógicamente, es absurdo. La democracia en Europa occidental surge de un Estado pre-existente o de una realidad nacional dada. La competición pacífica es el derecho de disputa ofrecido a los diversos grupos de una nación para dirimir la parte que cada uno tendrá en el ejercicio del poder”.

En épocas de populismo rampante es cuando más necesario resulta recordar que la legitimación democrática del poder no disminuye la necesidad de su limitación constitucional. Por impopular que resulte, la invocación de los límites resulta perentoria: nunca fue tan urgente la necesidad de garantías preservadoras de la libertad.

Tal vez haya llegado la hora de afrontar cualquier debate sobre reforma constitucional que quiera suscitarse más allá de la mera contención. ¿Reformar? Muy bien, pero para nada que no sea preservar lo que garantiza nuestra ciudadanía y nuestra libertad. Para salvaguardar un núcleo intangible en el que los españoles puedan seguir reconociéndose.

Esa almendra constitucional incluirá siempre la garantía de la forma de Estado y los valores superiores del art. 1.1 CE –la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político–, la dignidad de la persona y el libre desarrollo de la personalidad (art. 10.1), la soberanía popular (art. 1.2), la unidad de la Nación española y la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran (art. 2), la forma de gobierno –la monarquía parlamentaria (art. 1.3)–, la división de poderes y, en síntesis que evoca toda democracia constitucional: “la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes” (Preámbulo).

En este 43 aniversario de nuestra Constitución, debemos insistir: pese a su proximidad fonética, los verbos “reformar” y “deformar” nunca serán sinónimos.