ANOTACIONES FAES 96
…víctima de una legislación machista y retrógrada procedente de una dictadura y de la especulación más voraz».
Real Decreto-ley 26/2026 de 29 de septiembre
Como si el mercado de la vivienda no padeciera suficiente intervención, el Gobierno, en la recta final de su mandato, se propone hacerlo del todo ineficiente, acentuando la coacción sobre propietarios e inversores mediante dos reales decretos-leyes. Invoca la defensa de “los intereses y los derechos de la ciudadanía”. Desde aquello de Borrell en los noventa: “los alquileres de renta antigua no sufrirán modificación alguna porque la sociedad española se resiste a cualquier cambio que suponga eliminar una situación de privilegio, aunque esta sea injusta”, no se batía esa marca de cinismo inmobiliario.
Se anuncia la ampliación hasta 2030 de medidas que incentivarán la inquiokupación, distorsionando grotescamente la relación contractual entre propietario e inquilino. Se prohíbe a los fondos de inversión la compra de vivienda hasta 2028: el Gobierno arbitra quién podrá comprar determinados inmuebles. Se obliga a prorrogar dos años los contratos vigentes que finalicen antes del 31 de diciembre de 2028, al margen de lo que hayan estipulado las partes. Y así todo…
Pocas veces había dejado tan claro la izquierda que su obsesión con el franquismo es, en realidad, un caso de fascinación morbosa. Con mejor retórica –imposible imaginar a Arrese diciendo “tengo un cacao…”– estos nos cascaban la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964[1]. O, ya puestos, la de 1946. Control de precios, prórrogas forzosas, intervencionismo masivo y ni una sola medida para incidir en lo que aliviaría la situación objetivamente nefasta de una oferta insuficiente ahora empujada al colapso. Con la excusa de paliar una circunstancia excepcional –legislando no solo por decreto sino con nombre propio–, se interviene el mercado para “normalizarlo”, ignorando la intervención previa que lo desequilibró.
El profesor Cabrillo, comentando la ley de 2023, ya señaló su parecido con la de 1946 en lo relativo a la penalización a los propietarios de viviendas vacías: “La Ley de 1946 admitía denuncias contra estos propietarios y habilitaba al gobernador civil a proceder a su alquiler con carácter forzoso. La nueva ley no llega a tanto, pero habilita a los ayuntamientos a penalizar a los propietarios de viviendas desocupadas en determinadas condiciones con subidas de impuestos”. Camaradas: quien dice gobernador civil, dice delegado del Gobierno… En cuanto a las barreras al desahucio –que, por supuesto, acaban siéndolo al alquiler– los efectos prometen ser idénticos: empeorarán la situación, precisamente, de los arrendatarios con menos garantías de solvencia a medio plazo, con quienes nadie querrá firmar un contrato. Los jóvenes en primerísimo lugar.
En fin, la cosa parece estar así: el mismo Gobierno que exhumó el cadáver de Franco resucita su política de vivienda. A todo esto, la vicepresidenta anuncia movilizaciones contra sí misma…
Vale que haya que “cambiar el marco”, “controlar el relato”, movilizar a la peña y hacer olvidar el casoplón de Galapagar, el pisito de la Jessi, la fontanería corrupta y, sobre todo, los cascotes de la normalidad en Ceuta. Pero ¿era estrictamente necesario hacerlo al dictado de José Antonio Girón de Velasco?
[1] De hecho, los contratos firmados antes del 9 de mayo de 1985 se rigen por la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964. Fue un Gobierno socialista quien legisló para limitar su prórroga indefinida.