Las grandes economías del mundo, en un inmenso esfuerzo colectivo, se han comprometido a transformar progresivamente su modelo energético, sustituyendo el uso de fuentes de energía fósiles como el petróleo y el gas por el de energías renovables, avanzando en el objetivo de la descarbonización hacia mediados de siglo. Una ambición que, a nivel político en la Unión Europea y en sus Estados miembros, se ha concretado en el establecimiento de una serie de hitos intermedios en términos de reducción de emisiones, penetración de fuentes de generación limpias y mejora de la eficiencia energética.
España parte con ventaja en la carrera mundial hacia la descarbonización gracias a su potencial renovable. En efecto, nuestro país tiene irradiación solar y horas de viento en abundancia, presenta un gran recurso hidroeléctrico por la disponibilidad de saltos y embalses, y dispone de suelo para la implantación de las energías renovables. El despliegue de este potencial supondría una importante ventaja competitiva para nuestro país, que, gracias a unos costes energéticos descarbonizados comparativamente muy reducidos, podría constituirse en un país líder en el desarrollo industrial de las fuentes de generación renovables, atraer inversores e industrias europeas que demanden energía a precios razonables y convertirse, en fin, en una economía más competitiva.
Sin embargo, la materialización y aprovechamiento de esa ventaja pasa necesariamente por resolver algunos de los problemas que actualmente tenemos sobre el tapete. En primer lugar, para avanzar hacia un sistema de alta penetración de renovables intermitentes es necesario desarrollar tecnologías de almacenamiento de electricidad de distintas tipologías, fundamentalmente las centrales de bombeo hidráulico y las baterías, que son críticas para la estabilidad del sistema y la seguridad de suministro o potencia firme (es decir, que se genere en todo momento, con independencia de la irradiación solar o el viento). El almacenamiento permite aprovechar los excesos de generación renovable en las horas de mayor consumo, que, de otro modo, se echarían a perder.
El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) de 2019 cifraba las necesidades de almacenamiento energético en 6 GW, repartidos entre baterías y bombeo hidráulico, que en 2023 se ampliaron hasta los 11 GW y este 2024, con la última actualización, hasta los 22,5 GW. Unos objetivos crecientemente ambiciosos, que reflejan un voluntarismo político cuasinaif, y cuyo cumplimiento en tiempo y forma no es para nada evidente (de hecho, en los últimos años, no se ha producido ningún avance mínimamente significativo). Por una parte, porque el desarrollo de las baterías se ve comprometido por su elevado coste, que hace que su instalación no sea rentable. A lo que se añaden el escaso compromiso político y la dinámica de incertidumbre y planificación errática por la que ha venido caracterizándose la regulación recientemente. Y, por otra parte, porque las centrales de bombeo hidráulico, aunque pueden proporcionar más horas de producción que las baterías, son obras de gran envergadura que no sólo requieren de la movilización de importantes inversiones, sino que además precisan de un largo proceso de construcción.
En segundo lugar, y mientras no dispongamos de una estructura de almacenamiento plenamente desarrollada, son necesarios los llamados mecanismos por capacidad, que están en funcionamiento en varios países de nuestro entorno inmediato. Los mecanismos de capacidad son una solución, antes temporal y ahora estructural, prevista en la reforma del mercado eléctrico aprobada recientemente en el seno de la Unión Europea[1]. Se trata de pagos previstos a productores de electricidad (fundamentalmente centrales convencionales como los ciclos combinados o las centrales de carbón) para que puedan entrar en funcionamiento y proporcionar potencia cuando hay escasez de generación renovable, es decir, en aquellos momentos en que los vientos estén en calma o cuando no haya luz del sol. Los mecanismos de capacidad ayudan a equilibrar la oferta y la demanda de electricidad y su establecimiento se antoja urgente para nuestro país si queremos evitar cortes de suministro en muy poco tiempo, como los advertidos por ENTSO-E, la red europea de operadores de sistemas de transmisión eléctrica, en un informe reciente.
Por último, todo lo anterior conduce necesariamente a otra cuestión: la del cierre de las centrales nucleares. Y es que, mientras dure el proceso de transición, y en ausencia de un esquema de almacenamiento a gran escala, la energía nuclear, que actualmente alcanza una producción próxima al 20% de la generación total de electricidad, es la única tecnología capaz de proporcionar una generación de electricidad de forma continua, estable y libre de emisiones, lo que pone de manifiesto la necesidad de alargar la vida de las centrales en funcionamiento más allá del calendario previsto por el Gobierno (2036). Esta es una línea de avance insoslayable hoy por hoy en nuestro país, por la que ya han apostado otros países europeos de nuestro entorno, y en la que recientemente ha insistido el expresidente del Banco Central Europeo, Mario Draghi, en su informe sobre la competitividad de la Unión Europea[2].
Ni que decir tiene que con ello no queda todo resuelto, pues la culminación de la transición energética en nuestro país se enfrenta a otros cuellos de botella que tienen que ver, entre otros elementos, con la necesidad de adaptar la infraestructura de red a la gran expansión de oferta y demanda eléctrica que implica el proceso de descarbonización.
En cualquier caso, la materialización de la ventaja competitiva con la que partimos en esta carrera global depende de que seamos capaces de abordar desafíos como los descritos en tiempo y forma, y lo que está claro es que sin unas condiciones regulatorias y políticas adecuadas será imposible atender las necesidades de la industria y de la economía en general, y mucho menos alcanzar cualquiera de los objetivos de descarbonización que nos hemos planteado de cara al futuro próximo.
[1] Reglamento (UE) 2024/1747 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de junio de 2024 por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2019/942 y (UE) 2019/943 en relación con la mejora de la configuración del mercado de la electricidad de la Unión.
[2] Mario Draghi: The future of European competitiveness.
[i] Para un análisis detallado del proceso de transición energética en España y sus pormenores, véase los documentos “Claves de éxito de la transición energética: Hitos regulatorios inaplazables para 2024” y “Claves de éxito de la transición energética: La reforma del mercado eléctrico”.